LPlan

Artículo 2. Principios de la Planeación

La planeación se basa en principios que buscan un desarrollo equitativo, incluyente y sustentable del país. Se enfatiza la importancia de la igualdad de derechos y la protección de los derechos humanos en el proceso de planeación.

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Texto Legal

La planeación deberá llevarse a cabo como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género, y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales, ambientales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para ello, estará basada en los siguientes principios: Párrafo reformado DOF 23-05-2002, 16-02-2018

I.- El fortalecimiento de la soberanía, la independencia y autodeterminación nacionales, en lo político, lo económico y lo cultural;

II.- La preservación y el perfeccionamiento del régimen representativo, democrático, laico y federal que la Constitución establece; y la consolidación de la democracia como sistema de vida, fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo en un medio ambiente sano; Fracción reformada DOF 16-02-2018

III.- La igualdad de derechos entre las personas, la no discriminación, la atención de las necesidades básicas de la población y la mejoría, en todos los aspectos de la calidad de la vida, para lograr una sociedad más igualitaria, garantizando un ambiente adecuado para el desarrollo de la población; Fracción reformada DOF 23-05-2002, 20-06-2011, 16-02-2018

IV.- Las obligaciones del Estado de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; Fracción reformada DOF 27-01-2012, 16-02-2018

V.- El fortalecimiento del pacto federal y del Municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país, promoviendo la descentralización de la vida nacional; Fracción reformada DOF 20-06-2011

VI.- El equilibrio de los factores de la producción, que proteja y promueva el empleo; en un marco de estabilidad económica y social; Fracción reformada DOF 20-06-2011, 27-01-2012

VII.- La perspectiva de género, para garantizar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, y promover el adelanto de las mujeres mediante el acceso equitativo a los bienes, recursos y beneficios del desarrollo, y Fracción adicionada DOF 20-06-2011. Reformada DOF 27-01-2012, 15-01-2026

VIII.- La factibilidad cultural de las políticas públicas nacionales. Fracción adicionada DOF 27-01-2012

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo proporciona una guía sobre los principios que deben regir la planeación. Es crucial para los profesionales que trabajan en políticas públicas y desarrollo social, ya que establece el marco ético y legal para sus acciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del LPlan?

La planeación se basa en principios que buscan un desarrollo equitativo, incluyente y sustentable del país. Se enfatiza la importancia de la igualdad de derechos y la protección de los derechos humanos en el proceso de planeación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2 de la LEY de Planeación?

Este artículo proporciona una guía sobre los principios que deben regir la planeación. Es crucial para los profesionales que trabajan en políticas públicas y desarrollo social, ya que establece el marco ético y legal para sus acciones.

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