Multas de 100 a 1000 UMA por no proporcionar información requerida o proporcionar información falsa o incompleta sobre eficiencia energetica, sin perjuicio de responsabilidades civiles o penales.
La Secretaría, la Comisión Nacional de Energía o la CONUEE pueden sancionar con multas de cien a mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente, u otras medidas, a los sujetos obligados que no le proporcionen la información a que se refiere esta Ley o que proporcionen información falsa o incompleta, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o fiscales en que dichas personas usuarias incurran en adición a estas. Para el procedimiento por infracciones a la presente Ley, se debe aplicar supletoriamente la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las multas por falta de informacion pueden ser significativas (2024: hasta 90 millones de pesos). Los asesores deben asegurar que clientes obligados establezcan sistemas robusto de compilacion de datos energeticos y mantengan registros auditables para evitar infraccion por omision o falsedad.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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