LPTE

Artículo 91. Sanciones por falta de informacion

Multas de 100 a 1000 UMA por no proporcionar información requerida o proporcionar información falsa o incompleta sobre eficiencia energetica, sin perjuicio de responsabilidades civiles o penales.

multas administrativasincumplimiento informativoumasanciones

Texto Legal

La Secretaría, la Comisión Nacional de Energía o la CONUEE pueden sancionar con multas de cien a mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente, u otras medidas, a los sujetos obligados que no le proporcionen la información a que se refiere esta Ley o que proporcionen información falsa o incompleta, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o fiscales en que dichas personas usuarias incurran en adición a estas. Para el procedimiento por infracciones a la presente Ley, se debe aplicar supletoriamente la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las multas por falta de informacion pueden ser significativas (2024: hasta 90 millones de pesos). Los asesores deben asegurar que clientes obligados establezcan sistemas robusto de compilacion de datos energeticos y mantengan registros auditables para evitar infraccion por omision o falsedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 91 del LPTE?

Multas de 100 a 1000 UMA por no proporcionar información requerida o proporcionar información falsa o incompleta sobre eficiencia energetica, sin perjuicio de responsabilidades civiles o penales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 91 de la LEY de Planeación y Transición Energética?

Las multas por falta de informacion pueden ser significativas (2024: hasta 90 millones de pesos). Los asesores deben asegurar que clientes obligados establezcan sistemas robusto de compilacion de datos energeticos y mantengan registros auditables para evitar infraccion por omision o falsedad.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 91 del LPTE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 91 LPTE desde tu celular