LPTE

Artículo 83. Requisitos y procedimientos para acuerdos

El Reglamento de esta Ley debe especificar los requisitos, procedimientos y mecanismos de verificacion para la celebracion y cumplimiento de los acuerdos voluntarios de eficiencia energetica.

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Texto Legal

Los requisitos y procedimientos para la celebración de los acuerdos voluntarios a que hace referencia el artículo anterior, los mecanismos y procedimientos para realizar la verificación de su cumplimiento, se deben determinar en el Reglamento de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es procedimental y remite a reglamentacion futura. Los asesores deben estar atentos a la publicacion del Reglamento, ya que contendrá los criterios específicos de documentacion y validacion que serán obligatorios para cualquier acuerdo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 83 del LPTE?

El Reglamento de esta Ley debe especificar los requisitos, procedimientos y mecanismos de verificacion para la celebracion y cumplimiento de los acuerdos voluntarios de eficiencia energetica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 83 de la LEY de Planeación y Transición Energética?

Este articulo es procedimental y remite a reglamentacion futura. Los asesores deben estar atentos a la publicacion del Reglamento, ya que contendrá los criterios específicos de documentacion y validacion que serán obligatorios para cualquier acuerdo.

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