El financiamiento se establece mediante convenio entre usuario final y financiador donde el financiador proporciona capital y el usuario autoriza la recuperacion a traves de facturacion de servicios electricos o gas.
El financiamiento para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía se establece mediante un convenio entre una persona usuaria final y un financiador en el que: I. El financiador proporciona el capital necesario para realizar uno de los proyectos a que se refiere el artículo anterior, y II. La persona usuaria final puede autorizar al financiador a recuperar su capital y costos de financiamiento, a través de la facturación del Suministro Eléctrico o Distribución de gas natural de la persona usuaria final. Los financiadores pueden ser empresas comerciales o entidades financieras. Los programas o proyectos que establezcan el uso de este mecanismo de financiamiento deben ser sometidos a visto bueno de la Secretaría.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es fundamental para estructurar operaciones de financiamiento. Los financiadores deben obtener aprobacion previa de la Secretaria, y los usuarios deben entender que autorizan al financiador a cobrar via recibos de servicios.
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