LPTE

Artículo 68. Estudio de Necesidades del Sector Electrico

La Secretaria debe elaborar estudios para determinar necesidades y potencial del Sector Electrico en energias limpias cada vez que se elabore o actualice una Estrategia o PLATEASE con apoyo tecnico de CFE y CENACE.

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Texto Legal

La Secretaría, con la colaboración de la Secretaría de Economía y con el apoyo técnico de la Comisión Federal de Electricidad y el Centro Nacional de Control de Energía, debe elaborar un estudio para determinar las necesidades y el potencial del Sector Eléctrico en materia de Energías Limpias cada vez que se elabore o actualice una nueva Estrategia o un PLATEASE, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento. Capítulo VIII Del Financiamiento para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece el mecanismo de planeacion sectorial. Las empresas deben consultar estos estudios para alinearse con las proyecciones de mercado y oportunidades identificadas en energias limpias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 68 del LPTE?

La Secretaria debe elaborar estudios para determinar necesidades y potencial del Sector Electrico en energias limpias cada vez que se elabore o actualice una Estrategia o PLATEASE con apoyo tecnico de CFE y CENACE.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 68 de la LEY de Planeación y Transición Energética?

Este articulo establece el mecanismo de planeacion sectorial. Las empresas deben consultar estos estudios para alinearse con las proyecciones de mercado y oportunidades identificadas en energias limpias.

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