LPTE

Artículo 67. Desarrollo de Cadenas de Valor en Energias Limpias

La Secretaria de Economia debe promover el desarrollo de cadenas de valor de energias limpias identificando minerales criticos necesarios para la transicion energetica y fortaleciendo capacidades nacionales en tecnologias limpias.

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Texto Legal

La Secretaría de Economía, en coordinación con la Secretaría, debe promover el desarrollo de cadenas de valor de las Energías Limpias, en condiciones de sustentabilidad económica y atendiendo a las condiciones presupuestales aprobadas. En dicho contexto, se debe identificar los minerales críticos necesarios para la Transición Energética, garantizando su disponibilidad, acceso y aprovechamiento sustentable, con el fin de fortalecer las capacidades nacionales en la producción y adopción de Tecnologías Limpias, en congruencia con los objetivos de la política energética y ambiental del país.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es estrategico para el crecimiento industrial del sector. Los empresarios deben estar conscientes de las oportunidades de financiamiento y apoyo para proyectos alineados con estas cadenas de valor y minerales criticos identificados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 67 del LPTE?

La Secretaria de Economia debe promover el desarrollo de cadenas de valor de energias limpias identificando minerales criticos necesarios para la transicion energetica y fortaleciendo capacidades nacionales en tecnologias limpias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 67 de la LEY de Planeación y Transición Energética?

Este articulo es estrategico para el crecimiento industrial del sector. Los empresarios deben estar conscientes de las oportunidades de financiamiento y apoyo para proyectos alineados con estas cadenas de valor y minerales criticos identificados.

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