LPTE

Artículo 38. Leyendas en Recibos de Pago

La Comisión Federal de Electricidad y suministradores de gas deben incluir leyendas en sus recibos para promover el uso eficiente de la energía. Esto busca concientizar a los consumidores sobre la eficiencia energética.

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Texto Legal

La Comisión Federal de Electricidad y los suministradores de gas natural deben incluir en sus recibos de pago o facturas, leyendas para incentivar el uso eficiente de la energía y sus beneficios en la preservación del medio ambiente, así como de difusión de los programas públicos de Aprovechamiento Sustentable de la Energía y Eficiencia Energética. Las leyendas deben ser propuestas por la CONUEE.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Incluir mensajes sobre eficiencia energética en los recibos puede mejorar la imagen de las empresas y fomentar un consumo más responsable. Es recomendable que las empresas colaboren con la CONUEE para la formulación de estos mensajes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 38 del LPTE?

La Comisión Federal de Electricidad y suministradores de gas deben incluir leyendas en sus recibos para promover el uso eficiente de la energía. Esto busca concientizar a los consumidores sobre la eficiencia energética.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 38 de la LEY de Planeación y Transición Energética?

Incluir mensajes sobre eficiencia energética en los recibos puede mejorar la imagen de las empresas y fomentar un consumo más responsable. Es recomendable que las empresas colaboren con la CONUEE para la formulación de estos mensajes.

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