LPTE

Artículo 35. Balance Nacional de Energía

La Secretaría debe elaborar anualmente el Balance Nacional de Energía, que presenta información sobre el origen y destino de la energía en México. Este balance es clave para la planificación energética futura.

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Texto Legal

La Secretaría debe elaborar y publicar anualmente el Balance Nacional de Energía con escenarios prospectivos de energía que presenta la información de origen y destino de la energía en el territorio nacional del año anterior. Los escenarios prospectivos del Balance Nacional de Energía y escenarios prospectivos de energía deben tener un horizonte de 15 años. Sección II De la información en materia de Eficiencia Energética

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El Balance Nacional de Energía es una herramienta crucial para entender las tendencias del mercado energético. Las empresas deben analizar este balance para anticipar cambios en la demanda y oferta.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del LPTE?

La Secretaría debe elaborar anualmente el Balance Nacional de Energía, que presenta información sobre el origen y destino de la energía en México. Este balance es clave para la planificación energética futura.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la LEY de Planeación y Transición Energética?

El Balance Nacional de Energía es una herramienta crucial para entender las tendencias del mercado energético. Las empresas deben analizar este balance para anticipar cambios en la demanda y oferta.

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