LPTE

Artículo 34. Atribuciones de la Secretaría

La Secretaría tiene diversas atribuciones para implementar el Sistema Nacional de Información Energética, incluyendo la publicación de información y la promoción de acuerdos interinstitucionales. Esto asegura un flujo adecuado de información estratégica.

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Texto Legal

Para la operación e implementación del Sistema Nacional de Información Energética, la Secretaría tiene las atribuciones siguientes: I. Emitir las disposiciones para la entrega y actualización de información al Sistema Nacional de Información Energética; II. Publicar la información del Sector Energético, de acuerdo con la política energética nacional; III. Integrar al Sistema Nacional de Información Energética los diferentes sistemas de información del Sector Energético; IV. Promover acuerdos con otras dependencias de la Administración Pública Federal para compartir información estratégica del Sector Energético; V. Realizar el análisis de la información del Sistema Nacional de Información Energética o solicitarlo a los organismos sectorizados; VI. Contratar licencias de software, infraestructura y servicios especializados para la gestión, protección y análisis de la información del Sistema Nacional de Información Energética. Estas contrataciones no están sujetas a los procedimientos de contratación de tecnologías de la información de la Administración Pública Federal, dado el carácter estratégico de la información, y VII. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones y establecer sanciones respecto de la entrega de información al Sistema Nacional de Información Energética.

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Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben colaborar con la Secretaría para asegurar que la información que proporcionan sea precisa y oportuna. Esto puede mejorar su posicionamiento en el sector energético.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 del LPTE?

La Secretaría tiene diversas atribuciones para implementar el Sistema Nacional de Información Energética, incluyendo la publicación de información y la promoción de acuerdos interinstitucionales. Esto asegura un flujo adecuado de información estratégica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 de la LEY de Planeación y Transición Energética?

Las empresas deben colaborar con la Secretaría para asegurar que la información que proporcionan sea precisa y oportuna. Esto puede mejorar su posicionamiento en el sector energético.

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