Las uniones regionales requieren agrupacion de minimo treinta por ciento de asociaciones locales generales (o cuarenta por ciento de especializadas) en una region o estado, con minimo tres meses de funcionamiento previo.
Las uniones ganaderas regionales generales o estatales y especializadas, se constituirán cuando se encuentren agrupadas y funcionando cuando menos, con el treinta por ciento de las asociaciones ganaderas locales generales o especializadas, de una región ganadera o de un estado, y tengan como mínimo tres meses de funcionamiento, contado a partir de la fecha de su registro por parte de la Secretaría.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Establece requisitos mas altos para uniones regionales: porcentaje de asociaciones locales existentes y tiempo minimo de operacion. Esto previene la constitucion prematura de uniones. El concepto de 'region ganadera' debe consultarse en el reglamento para determinar alcance geografico.
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