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Artículo 3. Coordinacion interinstitucional y apoyo

La SAGADPA coordinara acciones con otras dependencias federales y gobiernos estatales y municipales. Se reconoce a las organizaciones ganaderas como de interes publico.

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Texto Legal

El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, coordinará sus acciones con las demás dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con los gobiernos de las entidades federativas y municipios, en el ámbito de sus correspondientes atribuciones para la debida aplicación de esta Ley. Párrafo reformado DOF 09-04-2012

Las organizaciones ganaderas a las que se refiere esta Ley, serán consideradas de interés público, por lo que tanto el Gobierno Federal como los gobiernos de las entidades federativas y municipios, les darán todo su apoyo para la realización del objeto señalado en el artículo 5o. de este ordenamiento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Fundamenta el caracter de interes publico de las organizaciones ganaderas, lo que tiene implicaciones para acceso a apoyos, creditos y programas federales. El caracter de 'interes publico' puede ser invocado para solicitar beneficios o exenciones fiscales en ciertos contextos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del 57?

La SAGADPA coordinara acciones con otras dependencias federales y gobiernos estatales y municipales. Se reconoce a las organizaciones ganaderas como de interes publico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la LEY de Organizaciones Ganaderas?

Fundamenta el caracter de interes publico de las organizaciones ganaderas, lo que tiene implicaciones para acceso a apoyos, creditos y programas federales. El caracter de 'interes publico' puede ser invocado para solicitar beneficios o exenciones fiscales en ciertos contextos.

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