El despacho vía la pesca autoriza a una embarcación para realizar actividades pesqueras y es expedido por la capitanía de puerto. Este despacho tiene una vigencia que coincide con las concesiones de pesca otorgadas.
Se entiende por despacho vía la pesca, la autorización a una embarcación para que se haga a la mar con el objeto de realizar actividades pesqueras.
La capitanía de puerto estará obligada a expedir un despacho por cada embarcación pesquera. El plazo de vigencia del despacho será el mismo que se establezca para la vigencia de las concesiones o permisos que emita la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para la actividad pesquera que se haya solicitado en dicho despacho. Párrafo reformado DOF 19-12-2016
La capitanía de puerto deberá suspender el despacho vía la pesca cuando:
I. La dependencia competente tenga pruebas del incumplimiento de las normas de seguridad aplicables, y Fracción reformada DOF 19-12-2016
II. Exista orden de un órgano jurisdiccional o administrativo competente.
La cancelación de la autorización, permiso o concesión de pesca, extinguirá la vigencia del despacho vía la pesca respectivo.
El naviero estará obligado a dar aviso de entrada y salida, cada vez que entre o salga al puerto. Para ello, deberá presentar por escrito a la capitanía de puerto la documentación que establezca el reglamento respectivo. Párrafo reformado DOF 19-12-2016
La capitanía de puerto, en su ámbito de competencia, estará obligada a verificar que en la expedición del despacho vía la pesca, así como en los avisos de entrada y salida y en la información a ser presentada por el naviero, se respeten las normas aplicables en materia de seguridad en la navegación y la vida humana en el mar, prevención de la contaminación marina, así como las demás que establezcan los Tratados Internacionales. Párrafo reformado DOF 19-12-2016
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los navieros mantengan actualizados sus permisos de pesca para evitar la suspensión de despachos. La coordinación con la capitanía de puerto es fundamental para asegurar la legalidad de las operaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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