Secretaria del Trabajo supervisa cumplimiento de normas laborales minimas de tripulantes mexicanos en embarcaciones mexicanas o extranjeras en puertos mexicanos, mediante inspecciones regulares.
Corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por sí, o en colaboración con la Secretaría, supervisar por medio de inspecciones, el cumplimiento de las disposiciones nacionales e internacionales respecto a las condiciones mínimas de trabajo de los tripulantes mexicanos a bordo de embarcaciones y artefactos navales mexicanos o, tratándose de embarcaciones y artefactos navales extranjeros, cuando se encuentren en puertos mexicanos o en el mar territorial y aguas interiores.
LEY DE NAVEGACIÓN Y COMERCIO MARÍTIMOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Artículo reformado DOF 19-12-2016, 07-12-2020
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Jurisdiccion laboral mixta: incluye embarcaciones mexicanas y extranjeras en aguas mexicanas. Mantenga expedientes de condiciones laborales, salarios y seguridad en caso de inspeccion. Incumplimientos pueden generar sanciones significativas.
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