LNCM

Artículo 323. Imposicion sanciones procedimiento administrativo

Para imposición de sanciones previstas en la ley y para interponer recurso administrativo, se observaran disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Articulo reformado en 2016 y 2020.

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Texto Legal

Para la imposición de las sanciones previstas en esta Ley, así como la interposición del recurso administrativo procedente, la Secretaría observará lo previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Artículo reformado DOF 19-12-2016, 07-12-2020

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion remite integralmente a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, garantizando derechos de audiencia y defensa. Cualquier sancion debe tramitarse conforme a procedimientos administrativos formales. Los recursos administrativos (revocacion, apelacion administrativa) se rigen por esa ley federal, no por disposiciones de esta ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 323 del LNCM?

Para imposición de sanciones previstas en la ley y para interponer recurso administrativo, se observaran disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Articulo reformado en 2016 y 2020.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 323 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Esta disposicion remite integralmente a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, garantizando derechos de audiencia y defensa. Cualquier sancion debe tramitarse conforme a procedimientos administrativos formales. Los recursos administrativos (revocacion, apelacion administrativa) se rigen por esa ley federal, no por disposiciones de esta ley.

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