LNCM

Artículo 267. Garantia de club proteccion indemnizacion

Cuando ley requiere garantia, es suficiente carta garantia de club proteccion e indemnizacion miembro de Asociacion Internacional, siempre cumpla requisitos del reglamento.

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Texto Legal

Cuando en este título se establezca la obligación del propietario, naviero o entidad relacionada a ellos, de otorgar una garantía, será suficiente la presentación de una carta de garantía del club de protección e indemnización respectiva, cuando éste sea miembro de la Asociación Internacional de Clubes de Protección e Indemnización, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el reglamento respectivo.

CAPÍTULO II EMBARGO O RETENCIÓN DE EMBARCACIONES O CARGA

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo facilita operaciones internacionales. Las cartas de P&I clubs son reconocidas como garantia valida; verifique que el club este afiliado a IAPIL y que la carta cumpla requisitos reglamentarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 267 del LNCM?

Cuando ley requiere garantia, es suficiente carta garantia de club proteccion e indemnizacion miembro de Asociacion Internacional, siempre cumpla requisitos del reglamento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 267 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Articulo facilita operaciones internacionales. Las cartas de P&I clubs son reconocidas como garantia valida; verifique que el club este afiliado a IAPIL y que la carta cumpla requisitos reglamentarios.

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