El asegurador puede objetar dejacion dentro de quince dias habiles desde recepcion de declaracion. Pasado este plazo, pierde derecho a hacerlo.
El asegurador tiene derecho a objetar la dejación, pero perderá este derecho si no lo hace dentro de los quince días hábiles siguientes a aquél en que reciba la declaración.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Plazo muy corto (15 dias habiles) obliga a aseguradoras a revisar documentacion rapidamente. Asegurados deben conservar comprobante de entrega de declaracion; tras 15 dias, objections tardias son inoponibles.
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