Salvo pacto contrario, el seguro de embarcacion cubre solo cuatro quintas partes (80 por ciento) de su valor o importe.
Salvo pacto en contrario, se entenderá que el seguro de la embarcación sólo cubre las cuatro quintas partes de su importe o valor.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Establece coaseguro obligatorio o auto-aseguro del 20 por ciento para embarcaciones, incentivando diligencia del asegurado. Puede modificarse por pacto expreso en poliza.
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Art. 232. Vigencia seguro embarcacion por tiempo
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Art. 234. Responsabilidad asegurador danos abordaje
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