LNCM

Artículo 217. Indemnizacion proporcional multiples aseguradores

Cuando multiples aseguradores cubren un cargamento sin designar mercanci­as especificas, el pago se distribuye proporcionalmente segun las sumas aseguradas por cada uno.

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Texto Legal

Si el cargamento fuere asegurado por varios aseguradores en distintas cantidades, pero sin designar señaladamente las mercancías del seguro, se pagará la indemnización en caso de pérdida o avería por todos los aseguradores, en proporción a las sumas aseguradas por cada uno de ellos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es fundamental para entender como funciona el coaseguro en seguros maritimos. Evita sobrecoberturas y conflictos entre aseguradores estableciendo un mecanismo claro de distribucion del riesgo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 217 del LNCM?

Cuando multiples aseguradores cubren un cargamento sin designar mercanci­as especificas, el pago se distribuye proporcionalmente segun las sumas aseguradas por cada uno.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 217 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Este articulo es fundamental para entender como funciona el coaseguro en seguros maritimos. Evita sobrecoberturas y conflictos entre aseguradores estableciendo un mecanismo claro de distribucion del riesgo.

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