LNCM

Artículo 194. Clausulas polizas tipo internacionales referencias

Referencias a cláusulas internacionalmente conocidas (Instituto Londres, Instituto Americano, P&I Clubs) se aplican conforme usos internacionales; modificaciones por correspondencia son válidas.

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Texto Legal

Cuando las partes se refieran a cláusulas de pólizas tipo de seguro marítimo internacionalmente conocidas y aceptadas, se entenderá que el contrato celebrado corresponde al contenido obligacional de las mismas, tal y como se conozcan en el ámbito internacional.

Si parte del clausulado se hubiere modificado mediante convenio por correspondencia de cualquier medio de transmisión de datos cruzada entre las partes, se entenderá que dichas pólizas fueron cambiadas en los términos de la referida correspondencia. Si sólo hay referencias a cláusulas internacionalmente conocidas y aceptadas por sus nombres o por sus números sin el texto completo, éstas se aplicarán conforme a los usos y costumbres internacionales.

Se considerarán cláusulas de pólizas tipo de seguro marítimo internacionalmente conocidas y aceptadas, las denominadas como Cláusulas del Instituto de Aseguradores de Londres -Institute of London Underwriters Clauses-; Cláusulas del Instituto Americano -American Institute Clauses- así como las reglas y cláusulas de cualquier club de protección e indemnización -Protection and Indemnity Club Clauses- perteneciente a la Asociación Internacional de Clubes de Protección e Indemnización.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Integra estándares internacionales de facto. Profesionales deben conocer Cláusulas Instituto de Londres (ITC) y American Institute; cambios vía email o correspondencia tienen validez contractual.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 194 del LNCM?

Referencias a cláusulas internacionalmente conocidas (Instituto Londres, Instituto Americano, P&I Clubs) se aplican conforme usos internacionales; modificaciones por correspondencia son válidas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 194 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

Integra estándares internacionales de facto. Profesionales deben conocer Cláusulas Instituto de Londres (ITC) y American Institute; cambios vía email o correspondencia tienen validez contractual.

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