LNCM

Artículo 121. Fletamento por tiempo embarcacion armada tripulacion

En fletamento por tiempo el fletante pone embarcacion armada con tripulacion a disposicion del fletador por tiempo determinado contra pago de flete.

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Texto Legal

En virtud del contrato de fletamento por tiempo, el fletante se obliga a poner una embarcación armada y con tripulación a disposición del fletador por un tiempo determinado, a cambio del pago de un flete.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incluso de tripulacion es diferencia clave respecto a casco desnudo. Los contadores deben separar costos de operacion y mantenimiento en registros contables para reflejar correctamente esta modalidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 121 del LNCM?

En fletamento por tiempo el fletante pone embarcacion armada con tripulacion a disposicion del fletador por tiempo determinado contra pago de flete.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 121 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos?

El incluso de tripulacion es diferencia clave respecto a casco desnudo. Los contadores deben separar costos de operacion y mantenimiento en registros contables para reflejar correctamente esta modalidad.

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