El arrendatario asume gestion nautica y comercial como naviero y debe restituir la embarcacion al termino del contrato en el estado en que la recibio, permitiendo solo uso normal y desgaste.
El arrendatario asumirá la gestión náutica y comercial en calidad de naviero de la embarcación arrendada y deberá restituirla al término convenido en el estado en que la recibió, salvo el uso normal de ésta y de sus aparejos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El arrendatario adquiere plena responsabilidad por la embarcacion como naviero. Los contratos deben ser muy precisos en documentar el estado inicial mediante inspecciones fotograficas y pericia. Se recomienda establecer proceso claro de inspeccion final para evitar disputas por supuestamente daños causados durante el arrendamiento.
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