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Artículo 36. Acumulacion de sanciones e inutilizacion documentos

Las multas se aplican sin perjuicio de que la Secretaria deje sin efectos el documento expedido y de sanciones penales que correspondan.

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Texto Legal

Las multas previstas en este capítulo se aplicarán sin perjuicio de que la Secretaría, previa audiencia al interesado, deje sin efectos el documento que se hubiere expedido, así como de las sanciones penales que en su caso procedan.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Multiplicidad de consecuencias: sancion administrativa, revocacion de documento y potencial responsabilidad penal. Genera triple efecto disuasorio. En casos de fraude documentario, asesora anticipar no solo multa sino perdida de beneficio y proceso penal paralelo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del 53?

Las multas se aplican sin perjuicio de que la Secretaria deje sin efectos el documento expedido y de sanciones penales que correspondan.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la LEY de Nacionalidad?

Multiplicidad de consecuencias: sancion administrativa, revocacion de documento y potencial responsabilidad penal. Genera triple efecto disuasorio. En casos de fraude documentario, asesora anticipar no solo multa sino perdida de beneficio y proceso penal paralelo.

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