La Secretaria declara nula la carta de naturalizacion expedida sin cumplir requisitos o con violacion legal, preservando derechos de terceros de buena fe adquiridos durante su vigencia.
La Secretaría declarará, previa audiencia del interesado, la nulidad de la carta de naturalización cuando se hubiere expedido sin cumplir con los requisitos o con violación a esta Ley. LEY DE NACIONALIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 23-04-2012 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
La declaratoria de nulidad fijará la fecha a partir de la cual dicha carta será nula. En todo caso se dejarán a salvo las situaciones jurídicas creadas durante la vigencia de la carta a favor de terceros de buena fe.
CAPÍTULO IV DE LA PÉRDIDA DE LA NACIONALIDAD MEXICANA POR NATURALIZACIÓN
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo critico que permite atacar cartas viciadas. La nulidad es retroactiva desde la fecha fijada, pero protege derechos adquiridos por terceros de buena fe. En casos de impugnacion, es fundamental documentar la mala fe de terceros para maximizar alcance de la nulidad.
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