LMin

Artículo 49. Registro de concesiones mineras

El articulo establece que los derechos de las concesiones mineras deben ser acreditados mediante su inscripción en el Registro Público de Minería. Esto asegura la formalidad y legalidad de los actos relacionados con las concesiones.

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Texto Legal

Los derechos que confieren las concesiones mineras y los actos, contratos y convenios que las afecten se acreditarán por medio de la constancia de su inscripción en el Registro Público de Minería.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental que los titulares de concesiones mineras mantengan actualizada su inscripción en el Registro Público de Minería para evitar conflictos legales. La falta de registro puede afectar la validez de los contratos y convenios relacionados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 49 del LMin?

El articulo establece que los derechos de las concesiones mineras deben ser acreditados mediante su inscripción en el Registro Público de Minería. Esto asegura la formalidad y legalidad de los actos relacionados con las concesiones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 49 de la LEY de Minería?

Es fundamental que los titulares de concesiones mineras mantengan actualizada su inscripción en el Registro Público de Minería para evitar conflictos legales. La falta de registro puede afectar la validez de los contratos y convenios relacionados.

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