Este artículo detalla las circunstancias bajo las cuales las concesiones mineras pueden ser declaradas nulas, incluyendo irregularidades y falta de capacidad del concesionario. Es fundamental para la validez de las concesiones.
Las concesiones y asignaciones mineras serán nulas cuando:
I.- Se pretenda amparar con las mismas desde su otorgamiento la obtención de minerales o sustancias no sujetos a la aplicación de esta Ley;
II. Se expidan en favor de persona no capacitada por la presente Ley para obtenerlas; Fracción reformada DOF 08-05-2023
III. Derogada. Fracción derogada DOF 08-05-2023
IV. Se identifique, por parte de la Secretaría, alguna omisión o irregularidad de cualquiera de los elementos de validez del acto administrativo establecidos en las fracciones I a X del artículo 3 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; Fracción adicionada DOF 08-05-2023 Reforma DOF 08-05-2023: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los concesionarios deben asegurarse de cumplir con todos los requisitos legales para evitar la nulidad de sus concesiones. La revisión periódica de la documentación es recomendable.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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