Define conceptos clave: exploracion (identificacion y evaluacion de depositos), explotacion (preparacion y extraccion), beneficio (tratamiento y refinacion), y uso/aprovechamiento (derechos derivados).
Para los efectos de la presente Ley se entiende por:
I.- Exploración: Las obras y trabajos realizados en el terreno con el objeto de identificar depósitos de minerales o sustancias, al igual que de cuantificar y evaluar las reservas económicamente aprovechables que contengan; Fracción reformada DOF 26-06-2006
LEY DE MINERÍA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 08-05-2023 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II. Explotación: Las obras y trabajos destinados a la preparación y desarrollo del área que comprende el depósito mineral, así como los encaminados a desprender y extraer los productos minerales o sustancias existentes en el mismo; Fracción reformada DOF 26-06-2006, 08-05-2023
III. Beneficio: Los trabajos para preparación, tratamiento, fundición de primera mano y refinación de productos minerales, en cualquiera de sus fases, con el propósito de recuperar u obtener minerales o sustancias, al igual que de elevar la concentración y pureza de sus contenidos, y Fracción reformada DOF 08-05-2023
IV. Uso o aprovechamiento: Derecho a obtener y disponer los recursos derivados de la explotación y beneficio de las actividades mineras. Fracción adicionada DOF 08-05-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Definiciones operacionales esenciales para clasificar actividades mineras y determinar obligaciones regulatorias. Reforma 2023 anadio 'uso o aprovechamiento'. Verificar alcance en contrato.
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