LMin

Artículo 25. Agrupamiento de concesiones

El agrupamiento de concesiones es posible si los lotes son colindantes y cumplen con los requisitos técnicos. Esto permite una gestión más eficiente de las concesiones mineras.

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Texto Legal

El agrupamiento de concesiones mineras procederá cuando los lotes sean colindantes o constituyan una unidad minera o minerometalúrgica desde el punto de vista técnico y administrativo, conforme lo determine el Reglamento de esta Ley, y sus titulares no hayan incurrido en las causales de cancelación establecidas por la misma.

La incorporación o separación de concesiones a uno o más agrupamientos se podrá realizar por una sola vez dentro del término de un año.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben evaluar la viabilidad técnica y administrativa de agrupar concesiones, lo que puede optimizar recursos y facilitar la operación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 25 del LMin?

El agrupamiento de concesiones es posible si los lotes son colindantes y cumplen con los requisitos técnicos. Esto permite una gestión más eficiente de las concesiones mineras.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 25 de la LEY de Minería?

Las empresas deben evaluar la viabilidad técnica y administrativa de agrupar concesiones, lo que puede optimizar recursos y facilitar la operación.

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