El Registro Nacional de Extranjeros contiene información sobre aquellos que adquieren la condición de estancia de residente temporal o permanente. Los extranjeros deben comunicar cambios relevantes en su estado civil o domicilio.
El Registro Nacional de Extranjeros, se integra por la información relativa a todos aquellos extranjeros que adquieren la condición de estancia de residente temporal o de residente permanente.
Los extranjeros tendrán la obligación de comunicar al Instituto de cualquier cambio de estado civil, cambio de nacionalidad por una diversa a la cual ingresó, domicilio o lugar de trabajo dentro de los noventa días posteriores a que ocurra dicho cambio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que los abogados informen a sus clientes sobre la obligación de comunicar cambios al Registro Nacional, ya que el incumplimiento puede afectar su estatus migratorio y derechos.
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Art. 62. Cambio de condición de estancia
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Art. 64. Causas de cancelación de residencia
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