LINS

Artículo 56. Prestacion servicios poblacion sin seguridad social

Los Institutos Nacionales de Salud prestaran servicios preferentemente a poblacion sin regimen de seguridad social.

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Texto Legal

Los Institutos Nacionales de Salud prestarán los servicios de atención médica, preferentemente, a la población que no se encuentre en algún régimen de seguridad social.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Define poblacion objetivo prioritaria. Planeacion estrategica debe alinear capacidad operativa con poblacion sin aseguramiento. Requiere monitoreo de indicadores de acceso para garantizar cumplimiento del mandato social.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 56 del LINS?

Los Institutos Nacionales de Salud prestaran servicios preferentemente a poblacion sin regimen de seguridad social.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 56 de la LEY de los Institutos Nacionales de Salud?

Define poblacion objetivo prioritaria. Planeacion estrategica debe alinear capacidad operativa con poblacion sin aseguramiento. Requiere monitoreo de indicadores de acceso para garantizar cumplimiento del mandato social.

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