LINS

Artículo 4. Resolucion de dudas interpretativas

Establece que el Ejecutivo Federal, a traves de la Secretaria de Salud, resuelve dudas interpretativas sobre la ley para efectos administrativos. Define la autoridad competente en caso de ambiguedad normativa.

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Texto Legal

En caso de duda sobre la interpretación de las disposiciones de esta ley, se estará a lo que resuelva, para efectos administrativos, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría.

TÍTULO SEGUNDO Organización de los Institutos

Capítulo I Funciones

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

En caso de conflicto interpretativo, la Secretaria de Salud es la autoridad definitiva. Documente cualquier solicitud de interpretation y conserve las respuestas oficiales para justificar decisiones administrativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del LINS?

Establece que el Ejecutivo Federal, a traves de la Secretaria de Salud, resuelve dudas interpretativas sobre la ley para efectos administrativos. Define la autoridad competente en caso de ambiguedad normativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la LEY de los Institutos Nacionales de Salud?

En caso de conflicto interpretativo, la Secretaria de Salud es la autoridad definitiva. Documente cualquier solicitud de interpretation y conserve las respuestas oficiales para justificar decisiones administrativas.

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