LINS

Artículo 3. Aplicacion de ley paraestatales

Establece que la Ley Federal de Entidades Paraestatales se aplica a los Institutos en lo que no contravenga esta ley, enfatizando autonomia tecnica, operativa y administrativa. Genera un regimen hibrido regulatorio.

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Texto Legal

La Ley Federal de las Entidades Paraestatales y sus disposiciones reglamentarias, se aplicarán para los Institutos Nacionales de Salud en lo que no se contraponga con esta ley, particularmente, en lo que se refiere al fortalecimiento de su autonomía técnica, operativa y administrativa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esto significa que los institutos gozan de regimen dual: autonomia bajo esta ley pero sujetos a la Ley Paraestatales en aspectos no cubiertos. Consulte ambas normas para cuestiones de gobierno corporativo y transparencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del LINS?

Establece que la Ley Federal de Entidades Paraestatales se aplica a los Institutos en lo que no contravenga esta ley, enfatizando autonomia tecnica, operativa y administrativa. Genera un regimen hibrido regulatorio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la LEY de los Institutos Nacionales de Salud?

Esto significa que los institutos gozan de regimen dual: autonomia bajo esta ley pero sujetos a la Ley Paraestatales en aspectos no cubiertos. Consulte ambas normas para cuestiones de gobierno corporativo y transparencia.

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