Autoriza que el Consejo cuente con personal necesario para sus funciones, designado por el Pleno conforme a disponibilidades presupuestales. Define recursos administrativos.
El Consejo Federal contará con el personal necesario para el despacho de sus asuntos, mismos que serán designados por el Pleno, conforme a las disponibilidades presupuestales.
LEY DE LA POLICÍA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo procedimental menor; importante solo si hay insuficiencia de personal que afecte tiempos de respuesta o calidad de procedimientos.
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Art. 28. Integracion del Consejo Federal con seis elementos
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