El ingreso se rige por Reglamento de Reclutamiento para Ejercito, Fuerza Aerea y Guardia Nacional, y por Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Publica.
Para ingresar a la Guardia Nacional, el aspirante se sujetará a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Reclutamiento de Personal para el Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional y en lo conducente, a lo previsto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El ingreso remite a reglamentos externos. Para impugnar decisiones de ingreso o rechazos, se requiere analizar el Reglamento de Reclutamiento especifico y los criterios del Registro Nacional de Personal.
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Art. 25. Competencia sobre delitos federales y comunes
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Art. 27. Profesionalizacion y capacitacion del personal
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