LEPECFE

Artículo 85. Naturaleza administrativa de actos

Todos los actos dentro del procedimiento de contratación son de naturaleza administrativa hasta el fallo, y una vez firmado el contrato, son de naturaleza privada. Esto implica diferentes regulaciones aplicables.

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Texto Legal

Todos los actos que se desarrollen dentro del procedimiento de contratación que se regula en el presente Capítulo, hasta el momento del fallo, así como todos los actos tendientes a la celebración del contrato son de naturaleza administrativa. Una vez firmado el contrato, éste y todos los actos o aspectos que deriven de este son de naturaleza privada y se rigen por la legislación mercantil o común aplicable.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La distinción entre naturaleza administrativa y privada es importante para la gestión de contratos. Los contadores deben estar atentos a las implicaciones legales de esta clasificación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 85 del LEPECFE?

Todos los actos dentro del procedimiento de contratación son de naturaleza administrativa hasta el fallo, y una vez firmado el contrato, son de naturaleza privada. Esto implica diferentes regulaciones aplicables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 85 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión ...?

La distinción entre naturaleza administrativa y privada es importante para la gestión de contratos. Los contadores deben estar atentos a las implicaciones legales de esta clasificación.

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