La CFE puede celebrar contratos con sus filiales y particulares para actividades de transmisión y distribución de energía. Esto incluye la posibilidad de formar alianzas estratégicas.
La Comisión Federal de Electricidad, con el propósito de realizar las actividades de transmisión y distribución de energía eléctrica en términos de la ley de la materia, puede: I. Celebrar contratos con sus empresas filiales o con particulares para llevar a cabo, entre otros, instalación, mantenimiento y ampliación de la infraestructura necesaria para prestar los servicios mencionados en este precepto, y II. En los casos que pretenda realizar las actividades en asociación o alianza con terceros, puede hacerlo mediante la creación o participación en empresas filiales, la participación minoritaria en otras sociedades, o las demás formas de asociación que no sean contrarias a la Ley. Lo anterior, también es aplicable en los supuestos a que se refiere la Ley del Sector Eléctrico.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los abogados deben revisar cuidadosamente los contratos para asegurar que cumplan con las disposiciones legales y proteger los intereses de la CFE en asociaciones.
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