LEPECFE

Artículo 20. Imparcialidad de servidores publicos en Consejo

Servidores publicos en Consejo deben actuar con imparcialidad en beneficio de la CFE, separando intereses de sus entidades de origen; no se consideran que representan a sus Secretarias al votar.

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Texto Legal

Las personas servidoras públicas que sean integrantes del Consejo de Administración deben actuar con imparcialidad en beneficio y mejor interés de la Comisión Federal de Electricidad, deben separar en todo momento los intereses de la Secretaría de Estado o empresa pública del Estado a la que pertenezcan, por lo que no se entiende que realizan sus funciones o votan en su representación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta norma busca evitar que el Consejo sea capturado por intereses sectoriales. En litigios o auditorias, el cumplimiento de esta norma es evidencia de governance adecuada; su incumplimiento puede indicar problemas de legalidad en decisiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del LEPECFE?

Servidores publicos en Consejo deben actuar con imparcialidad en beneficio de la CFE, separando intereses de sus entidades de origen; no se consideran que representan a sus Secretarias al votar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión ...?

Esta norma busca evitar que el Consejo sea capturado por intereses sectoriales. En litigios o auditorias, el cumplimiento de esta norma es evidencia de governance adecuada; su incumplimiento puede indicar problemas de legalidad en decisiones.

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