El Consejo de Administracion debe publicar informacion actualizada periodicamente en internet sobre la situacion financiera, administrativa, operativa, economica y juridica de la CFE. Los eventos relevantes deben comunicarse inmediatamente conforme a la Ley del Mercado de Valores.
Sin perjuicio de las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información previstas en la ley de la materia, el Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad, a propuesta de su Comité de Auditoría y previa opinión de la persona titular de la Dirección General, debe proveer lo necesario para que se ponga a disposición del público en general, en forma periódica y a través de su página de Internet, información actualizada que permita conocer la situación de la Comisión Federal de Electricidad y, en su caso, sus empresas filiales, en materia financiera, administrativa, operativa, económica y jurídica, así como sus riesgos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores, y con el contenido, periodicidad y alcances que determinen las disposiciones administrativas aplicables a las emisoras de valores referidos en el precepto señalado. Los eventos relevantes señalados en el artículo 104, fracción V, de la Ley del Mercado de Valores, deben comunicarse de inmediato al Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La CFE debe alinearse con los estandares de la Ley del Mercado de Valores articulo 104. Los equipos de contabilidad deben generar reportes con periodicidad definida. Los asesores deben verificar que los plazos de comunicacion de eventos relevantes cumplan con la inmediatez requerida para evitar sanciones.
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Art. 122. Sujecion a leyes de transparencia y anticorrupcion
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