LEPECFE

Artículo 103. Autonomía presupuestaria

La Comisión Federal de Electricidad cuenta con autonomía presupuestaria, sujeta solo al balance financiero aprobado por la Cámara de Diputados. Esto permite una mayor flexibilidad en la administración de sus recursos.

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Texto Legal

La Comisión Federal de Electricidad cuenta con autonomía presupuestaria, y se sujetará solo al balance financiero y al techo de gasto de servicios personales que, a propuesta de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público apruebe la Cámara de Diputados, así como al régimen especial en materia presupuestaria previsto en el presente Capítulo. En todo lo no previsto en el presente Capítulo, resulta aplicable la regulación que conforme a la presente Ley emita el Consejo de Administración de acuerdo con los principios de responsabilidad social, austeridad, legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, transparencia, control, sostenibilidad y rendición de cuentas en la administración de sus bienes y recursos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La autonomía presupuestaria es un aspecto clave que los contadores deben considerar al planificar y gestionar los recursos de la Comisión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 103 del LEPECFE?

La Comisión Federal de Electricidad cuenta con autonomía presupuestaria, sujeta solo al balance financiero aprobado por la Cámara de Diputados. Esto permite una mayor flexibilidad en la administración de sus recursos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 103 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión ...?

La autonomía presupuestaria es un aspecto clave que los contadores deben considerar al planificar y gestionar los recursos de la Comisión.

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