LEPECFE

Artículo 102. Políticas de contratación

El Consejo de Administración debe aprobar políticas para la contratación de seguros y fianzas que cubran indemnizaciones por daños causados por servidores públicos, asegurando así la protección de la Comisión.

contrataciónsegurosindemnización

Texto Legal

El Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad debe aprobar las políticas para la contratación en favor de las personas que integran el Consejo de Administración, la persona titular de la Dirección General, personas servidoras públicas con cargos directivos y aquellas personas servidoras públicas que determine el propio Consejo de Administración, de seguros, fianzas o cauciones que cubran el monto de la indemnización por los daños que cause su actuación, o bien, seguros para asumir los servicios de defensa y asistencia legal de dichas personas servidoras públicas. Capítulo VI Presupuesto

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es recomendable que los contadores revisen estas políticas para garantizar que se alineen con las mejores prácticas de gestión de riesgos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 102 del LEPECFE?

El Consejo de Administración debe aprobar políticas para la contratación de seguros y fianzas que cubran indemnizaciones por daños causados por servidores públicos, asegurando así la protección de la Comisión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 102 de la LEY de la Empresa Pública del Estado, Comisión ...?

Es recomendable que los contadores revisen estas políticas para garantizar que se alineen con las mejores prácticas de gestión de riesgos.

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