Autoridades federales, locales y municipales colaboran con la CNDH conforme su competencia. La CNDH puede celebrar convenios para que estas actuen como receptoras de quejas federales remitiendo a la CNDH.
En los términos previstos en la presente ley, las autoridades y servidores públicos, federales, locales y municipales, colaborarán dentro del ámbito de su competencia, con la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Sin perjuicio de las atribuciones legales que correspondan a los organismos estatales de protección de los derechos humanos, la Comisión podrá celebrar convenios o acuerdos con dichas autoridades y servidores públicos para que puedan actuar como receptores de quejas y denuncias de competencia federal, las que remitirán a la Comisión Nacional por los medios más expeditos.
LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
CAPITULO II DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS AUTORIDADES Y SERVIDORES PUBLICOS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los convenios amplian la red de acceso a la CNDH aprovechando la presencia local de autoridades. Esta descentralizacion mejora la accesibilidad de los ciudadanos al sistema de derechos humanos.
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