LCNDH

Artículo 44. Proyecto de Recomendacion y medidas de restitucion

Concluida investigacion, el Visitador General formula proyecto de Recomendacion o acuerdo de no responsabilidad, analizando hechos y pruebas, senalando medidas para restitucion de derechos y reparacion de danos.

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Texto Legal

Concluida la investigación, el Visitador General formulará, en su caso, un proyecto de Recomendación, o acuerdo de no responsabilidad en los cuales se analizarán los hechos, los argumentos y pruebas, así como los elementos de convicción y las diligencias practicadas, a fin de determinar si las autoridades o servidores han violado o no los derechos humanos de los afectados, al haber incurrido en actos y omisiones ilegales, irrazonables, injustas, inadecuadas, o erróneas, o hubiesen dejado sin respuesta las solicitudes presentadas por los interesados durante un período que exceda notoriamente los plazos fijados por las leyes.

En el proyecto de Recomendación, se señalarán las medidas que procedan para la efectiva restitución de los afectados en sus derechos fundamentales, y si procede en su caso, para la reparación de los daños y perjuicios que se hubiesen ocasionado.

Los proyectos antes referidos serán sometidos al Presidente de la Comisión Nacional para su consideración final.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo clave que define el nucleo de la funcion de la CNDH: emitir recomendaciones no vinculantes. Las medidas deben ser especificas y ejecutables. Revisar cuidadosamente si recomendacion contempla reparacion economica o solo cambios administrativos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 44 del LCNDH?

Concluida investigacion, el Visitador General formula proyecto de Recomendacion o acuerdo de no responsabilidad, analizando hechos y pruebas, senalando medidas para restitucion de derechos y reparacion de danos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 44 de la LEY de la Comisión Nacional de los Derechos Hum...?

Articulo clave que define el nucleo de la funcion de la CNDH: emitir recomendaciones no vinculantes. Las medidas deben ser especificas y ejecutables. Revisar cuidadosamente si recomendacion contempla reparacion economica o solo cambios administrativos.

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