LCNDH

Artículo 4. Principios de procedimiento y confidencialidad

Los procedimientos deben ser breves, sencillos e inmediatos, siguiendo principios de universalidad, interdependencia e indivisibilidad. Se requiere confidencialidad de informacion y contacto directo con partes para evitar dilaciones.

procedimientoconfidencialidadprincipiosceleridadinmediatez

Texto Legal

Para la defensa y promoción de los derechos humanos se observarán los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Los procedimientos de la Comisión deberán ser breves y sencillos, y estarán sujetos sólo a formalidades esenciales que requiera la documentación de los expedientes respectivos; seguirán además los principios de inmediatez, concentración y rapidez. Se procurará, en la medida de lo posible, el contacto directo con quejosos, denunciantes y autoridades, para evitar la dilación de las comunicaciones escritas. Párrafo reformado DOF 15-06-2012

El personal de la Comisión Nacional deberá manejar de manera confidencial la información o documentación relativa a los asuntos de su competencia.

TITULO II INTEGRACION DE LA COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS

CAPITULO I DE LA INTEGRACION Y FACULTADES DE LA COMISION NACIONAL

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La confidencialidad obligatoria es critica para proteger a denunciantes. Los abogados deben advertir que la documentacion manejada por CNDH no puede divulgarse sin consentimiento, diferente a procedimientos judiciales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del LCNDH?

Los procedimientos deben ser breves, sencillos e inmediatos, siguiendo principios de universalidad, interdependencia e indivisibilidad. Se requiere confidencialidad de informacion y contacto directo con partes para evitar dilaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la LEY de la Comisión Nacional de los Derechos Hum...?

La confidencialidad obligatoria es critica para proteger a denunciantes. Los abogados deben advertir que la documentacion manejada por CNDH no puede divulgarse sin consentimiento, diferente a procedimientos judiciales.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 4 del LCNDH?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 4 LCNDH desde tu celular