El Titular del Organo Interno de Control es designado por la Camara de Diputados con voto de dos terceras partes conforme a procedimiento en Ley Organica del Congreso.
El Titular del Órgano Interno de Control será designado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, conforme al procedimiento establecido en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo adicionado DOF 27-01-2017
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Procedimiento de designacion por supramayoria crea independencia politica. Reforma de 2017 garantiza que no sea designado directamente por Presidente de CNDH, fortaleciendo autonomia tecnica del organo de control.
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Art. 24 Ter. Atribuciones del Organo Interno de Control
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