El Organo Interno de Control, anadido en 2017, es autonomo para investigar responsabilidades administrativas, revisar recursos publicos y denunciar delitos ante autoridades competentes.
El Órgano Interno de Control es un órgano dotado de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones. Tendrá a su cargo prevenir, corregir, investigar y calificar actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas de servidores públicos de la Comisión Nacional y de particulares vinculados con faltas graves; para sancionar aquellas distintas a las que son competencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia, aplicación de recursos públicos federales; así como presentar las denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
El Órgano Interno de Control tendrá un titular que lo representará y contará con la estructura orgánica, personal y recursos necesarios para el cumplimiento de su objeto.
En el desempeño de su cargo, el titular del Órgano Interno de Control se sujetará a los principios previstos en la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Artículo adicionado DOF 27-01-2017
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo clave de reforma 2017 creando organo de fiscalizacion interna independiente. Crucial para contadores: supervisa ingreso, egreso, manejo y custodia de recursos federales. Tiene autonomia para resolver, no subordinado al Presidente.
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