El Presidente, Visitadores Generales y visitadores adjuntos tienen fe publica para certificar veracidad de hechos en quejas e inconformidades presentadas ante la Comision.
Tanto el Presidente de la Comisión, como los Visitadores Generales y los visitadores adjuntos, en sus actuaciones tendrán fe pública para certificar la veracidad de los hechos en relación con las quejas o inconformidades, presentadas ante la Comisión Nacional.
Capítulo III De la integración y facultades del Consejo Denominación del Capítulo reformada DOF 26-11-2001
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La fe publica otorga valor probatorio reforzado a documentos certificados por CNDH. Esto es util para litigantes que presentan investigaciones de CNDH como prueba en procedimientos judicales o administrativos posteriores.
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