En sector hidrocarburos, la Comision regula contraprestaciones y tarifas, otorga permisos para gas natural, petroliferos y petroquimicos, y administra informacion del sector.
En el sector hidrocarburos, la Comisión tiene las atribuciones siguientes, de conformidad con lo establecido en la Ley del Sector Hidrocarburos:
I. Regular las contraprestaciones, precios y tarifas que resulten aplicables en las actividades del sector;
II. Otorgar, modificar, terminar y supervisar los permisos para el procesamiento, licuefacción, regasificación, compresión, descompresión, transporte, almacenamiento, distribución, comercialización y expendio al público de gas natural;
III. Otorgar, modificar, terminar y supervisar los permisos de formulación, transporte, almacenamiento, distribución, comercialización y expendio al público de petrolíferos;
IV. Otorgar, modificar, terminar y supervisar los permisos de transporte, almacenamiento y comercialización de petroquímicos;
V. El acopio, resguardo, uso, administración y actualización, así como la publicación de la información de las actividades del sector, en el ámbito de su competencia, en los medios que para tal efecto establezca la Secretaría, y
VI. Las demás que le confiera esta Ley y otros ordenamientos jurídicos aplicables, así como las que le delegue la Secretaría relacionadas con el sector.
Capítulo II Coordinación con otras autoridades
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las atribuciones en hidrocarburos incluyen control de permisos transversales (transporte, almacenamiento, comercializacion). Empresas en este sector deben entender que multiples actividades requieren permisos separados de la Comision.
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