LCNE

Artículo 23. Impedimentos conflicto interes

Establece los casos en los que una persona experta tecnica esta impedida para conocer asuntos, incluyendo parentesco sin limite de grado, interes personal o familiar, derechos sucesorios, y antecedentes como testigo o apoderada. Requiere excusa expresada al Comite Tecnico.

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Texto Legal

Las personas expertas técnicas están impedidas para conocer asuntos en que tengan interés directo o indirecto. Se considera que existe interés directo o indirecto cuando una persona experta técnica:

I. Tiene parentesco por consanguinidad, sin límite de grado, así como no ser cónyuge, concubina o concubinario, o integrante de una sociedad de convivencia, con alguna persona interesada o sus representantes;

II. Tenga interés personal, familiar o de negocios en el asunto, incluyendo aquellos de los que pueda resultar su beneficio, su cónyuge, concubina o concubinario, o integrante de una sociedad de convivencia a la que pertenezca o sus parientes;

III. Su cónyuge, concubina o concubinario, o integrante de una sociedad de convivencia a la que pertenezca o sus parientes en línea recta sin limitación de grado tengan o hayan aceptado derechos sucesorios o celebrado Contratos de donación o fianza con alguna de las personas interesadas o sus representantes, y

IV. Haya sido testigo, apoderada, patrona o defensora en un asunto relacionado con las Actividades en materia energética, o haya gestionado en favor o en contra de alguna de las personas interesadas en dicho asunto.

Las personas expertas técnicas deben excusarse del conocimiento de los asuntos en que se presente alguno de los impedimentos señalados en el presente artículo en cuanto tengan conocimiento de su impedimento, expresando concretamente la causa de este, en cuyo caso el Comité Técnico debe calificar y resolver sobre la excusa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo crucial para la imparcialidad. El impedimento por parentesco sin limite de grado es muy restrictivo. Los abogados deben asegurar que se documenten excusas formales; los contadores deben identificar conflictos financieros indirectos a traves de concubinos o integrantes de sociedades de convivencia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 23 del LCNE?

Establece los casos en los que una persona experta tecnica esta impedida para conocer asuntos, incluyendo parentesco sin limite de grado, interes personal o familiar, derechos sucesorios, y antecedentes como testigo o apoderada. Requiere excusa expresada al Comite Tecnico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 23 de la LEY de la Comisión Nacional de Energía?

Articulo crucial para la imparcialidad. El impedimento por parentesco sin limite de grado es muy restrictivo. Los abogados deben asegurar que se documenten excusas formales; los contadores deben identificar conflictos financieros indirectos a traves de concubinos o integrantes de sociedades de convivencia.

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