La Comision evalua solicitudes considerando impacto en empleo y capacitacion, contribucion tecnologica, cumplimiento normativo ambiental, y aportacion a competitividad nacional. Solo puede imponer requisitos que no distorsionen comercio internacional.
Para evaluar las solicitudes que se sometan a su consideración, la Comisión atenderá a los criterios siguientes:
I.- El impacto sobre el empleo y la capacitación de los trabajadores;
II.- La contribución tecnológica;
III.- El cumplimiento de las disposiciones en materia ambiental contenidas en los ordenamientos ecológicos que rigen la materia; y
IV.- En general, la aportación para incrementar la competitividad de la planta productiva del país.
La Comisión, al resolver sobre la procedencia de una solicitud, sólo podrá imponer requisitos que no distorsionen el comercio internacional.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Al presentar solicitudes, enfatice beneficios en empleo local, transferencia tecnologica y cumplimiento ambiental. La Comision no puede imponer requisitos discriminatorios; si lo hace, puede impugnarlos por violar normativa comercial internacional.
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