LIE

Artículo 30. Poder de Veto por Seguridad Nacional

Por razones de seguridad nacional, la Comision puede impedir adquisiciones de inversion extranjera, independientemente de otros criterios.

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Texto Legal

Por razones de seguridad nacional, la Comisión podrá impedir las adquisiciones por parte de la inversión extranjera.

TITULO SEPTIMO DEL REGISTRO NACIONAL DE INVERSIONES EXTRANJERAS

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion otorga poder discrecional sin criterios detallados. Identifique sectores estrategicos (defensa, energia, telecomunicaciones, agua) donde el riesgo de veto es mayor. Consulte previamente con la Secretaria de Gobernacion en operaciones sensibles.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del LIE?

Por razones de seguridad nacional, la Comision puede impedir adquisiciones de inversion extranjera, independientemente de otros criterios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la LEY de Inversión Extranjera?

Esta disposicion otorga poder discrecional sin criterios detallados. Identifique sectores estrategicos (defensa, energia, telecomunicaciones, agua) donde el riesgo de veto es mayor. Consulte previamente con la Secretaria de Gobernacion en operaciones sensibles.

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