La Comision debe resolver solicitudes en maximo 45 dias habiles desde su presentacion. Si no resuelve en este plazo, la solicitud se aprueba automaticamente. A peticion expresa, la Secretaria expide la autorizacion.
La Comisión deberá resolver las solicitudes sometidas a su consideración dentro de un plazo que no excederá de 45 días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud respectiva, en los términos establecidos en el Reglamento de la presente Ley.
En caso de que la Comisión no resuelva en el plazo señalado, la solicitud se considerará aprobada en los términos presentados. A petición expresa del interesado, la Secretaría deberá expedir la autorización correspondiente.
LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 27-05-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El silencio positivo a los 45 dias es un derecho adquirido del solicitante. Cuente cuidadosamente los dias habiles, excluya fines de semana y feriados. Si la Comision no resuelve, solicite expresamente la expedicion de autorizacion a la Secretaria.
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