LIE

Artículo 28. Plazos de Resolucion de Solicitudes

La Comision debe resolver solicitudes en maximo 45 dias habiles desde su presentacion. Si no resuelve en este plazo, la solicitud se aprueba automaticamente. A peticion expresa, la Secretaria expide la autorizacion.

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Texto Legal

La Comisión deberá resolver las solicitudes sometidas a su consideración dentro de un plazo que no excederá de 45 días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud respectiva, en los términos establecidos en el Reglamento de la presente Ley.

En caso de que la Comisión no resuelva en el plazo señalado, la solicitud se considerará aprobada en los términos presentados. A petición expresa del interesado, la Secretaría deberá expedir la autorización correspondiente.

LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 27-05-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El silencio positivo a los 45 dias es un derecho adquirido del solicitante. Cuente cuidadosamente los dias habiles, excluya fines de semana y feriados. Si la Comision no resuelve, solicite expresamente la expedicion de autorizacion a la Secretaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 28 del LIE?

La Comision debe resolver solicitudes en maximo 45 dias habiles desde su presentacion. Si no resuelve en este plazo, la solicitud se aprueba automaticamente. A peticion expresa, la Secretaria expide la autorizacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 28 de la LEY de Inversión Extranjera?

El silencio positivo a los 45 dias es un derecho adquirido del solicitante. Cuente cuidadosamente los dias habiles, excluya fines de semana y feriados. Si la Comision no resuelve, solicite expresamente la expedicion de autorizacion a la Secretaria.

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